Mt 5, 33-37: Discurso evangélico – El perjurio
/ 5 junio, 2016 / San MateoTexto Bíblico
33 También habéis oído que se dijo a los antiguos: “No jurarás en falso” y “Cumplirás tus juramentos al Señor”.34 Pero yo os digo que no juréis en absoluto: ni por el cielo, que es el trono de Dios;35 ni por la tierra, que es estrado de sus pies; ni por Jerusalén, que es la ciudad del Gran Rey.36 Ni jures por tu cabeza, pues no puedes volver blanco o negro un solo cabello.37 Que vuestro hablar sea sí, sí, no, no. Lo que pasa de ahí viene del Maligno.
Sagrada Biblia, Versión oficial de la Conferencia Episcopal Española (2012)
Homilías, comentarios y meditaciones desde la tradición de la Iglesia
San Doroteo, abad
Instrucciones: Nueva ley: Responder al mal con el bien
«Habéis oído que se dijo... pero yo os digo» (Mt 5,33-37)[fr]
La ley decía: "ojo por ojo, diente por diente" (Ex 21, 24). Pero el Señor exhorta no sólo a recibir con paciencia el golpe de quien nos abofetea, sino más aun a presentarle humildemente la otra mejilla. (Mt 5,38-39). Pues el objeto de la ley era enseñarnos a no hacer lo que no queríamos sufrir. Nos impedía pues hacer el mal, por miedo de sufrir. Pero lo que ahora se pide, lo repito, es arrojar el odio, el amor del placer, el amor de la gloria y demás pasiones.
En una palabra, el designio de Cristo nuestro señor es precisamente enseñarnos cómo hemos venido a cometer todos esos pecados y cómo hemos sucumbido en todos estos perversos días. Nos ha pues primero, liberado por el santo bautismo concediéndonos la remisión de los pecados; después nos ha dado el poder de hacer el bien, si queremos, y de no ser arrastrados de manera forzada en el mal.
San Francisco de Sales, obispo
Carta: Deja el juicio sólo a Dios
«Sea vuestra palabra: sí, sí; no, no.» (Mt 5, 37)A Santa Juana de Chantal. XIV, 114
Os ruego que nunca habléis mal del prójimo, ni digáis nada, por poco que sea, que pueda ofenderle. Pero no por eso hay que favorecer el mal, ni halagarle ni taparle, sino hablar directamente y francamente mal del mal. Y censurar, las cosas censurables, cuando el bien de aquel a quien nos dirigimos lo requiere. Porque en ello se glorifica a Dios.
Y sobre todo, al censurar el vicio, salvar en lo posible a la persona viciosa; además, la bondad de Dios es tan grande, que en un momento el pecador puede impetrar su gracia. Y nadie puede asegurar que el que ayer era pecador y malo, lo siga siendo hoy.
Cuando miramos las acciones del prójimo, veámoslas por su lado mejor, y si no podemos excusar ni la acción ni la intención del que quizá es bueno, suspendamos el juicio y procuremos quitarlo de nuestro interior, dejando el juicio a Dios.
Cuando no podamos excusar el pecado, tengamos al menos compasión con quien lo comete, atribuyéndolo a la causa más disculpable, como ignorancia o enfermedad.
La caridad teme enfrentarse con el mal y teme aún más el irlo a buscar. Cuando lo encuentra, se desvía de él, lo disimula y cierra los ojos para no verlo.
San Juan Pablo II, papa
De la Iglesia Católica: El Nombre de Dios
«Yo os digo, no juréis en modo alguno» (Mt 5,34)nn. 2142-2155
I. El Nombre del Señor es santo
El segundo mandamiento prescribe respetar el nombre del Señor. Pertenece, como el primer mandamiento, a la virtud de la religión y regula más particularmente el uso de nuestra palabra en las cosas santas.
De la Iglesia Católica
Entre todas las palabras de la Revelación hay una, singular, que es la revelación de su Nombre. Dios confía su Nombre a los que creen en Él; se revela a ellos en su misterio personal. El don del Nombre pertenece al orden de la confidencia y la intimidad. «El nombre del Señor es santo». Por eso el hombre no puede usar mal de él. Lo debe guardar en la memoria en un silencio de adoración amorosa (cf Za 2, 17). No lo empleará en sus propias palabras, sino para bendecirlo, alabarlo y glorificarlo (cf Sal 29, 2; 96, 2; 113, 1-2).
De la Iglesia Católica
La deferencia respecto a su Nombre expresa la que es debida al misterio de Dios mismo y a toda la realidad sagrada que evoca. El sentido de lo sagrado pertenece a la virtud de la religión:
«Los sentimientos de temor y de «lo sagrado» ¿son sentimientos cristianos o no? [...] Nadie puede dudar razonablemente de ello. Son los sentimientos que tendríamos, y en un grado intenso, si tuviésemos la visión del Dios soberano. Son los sentimientos que tendríamos si verificásemos su presencia. En la medida en que creemos que está presente, debemos tenerlos. No tenerlos es no verificar, no creer que está presente» (Juan Enrique Newman, Parochial and Plain Sermons, v. 5, Sermon 2).
De la Iglesia Católica
El fiel cristiano debe dar testimonio del nombre del Señor confesando su fe sin ceder al temor (cf Mt 10, 32; 1 Tm 6, 12). La predicación y la catequesis deben estar penetradas de adoración y de respeto hacia el nombre de Nuestro Señor Jesucristo.
De la Iglesia Católica
El segundo mandamiento prohíbe abusar del nombre de Dios, es decir, todo uso inconveniente del nombre de Dios, de Jesucristo, de la Virgen María y de todos los santos.
De la Iglesia Católica
Las promesas hechas a otro en nombre de Dios comprometen el honor, la fidelidad, la veracidad y la autoridad divinas. Deben ser respetadas en justicia. Ser infiel a ellas es abusar del nombre de Dios y, en cierta manera, hacer de Dios un mentiroso (cf 1 Jn 1, 10).
De la Iglesia Católica
La blasfemia se opone directamente al segundo mandamiento. Consiste en proferir contra Dios —interior o exteriormente— palabras de odio, de reproche, de desafío; en injuriar a Dios, faltarle al respeto en las expresiones, en abusar del nombre de Dios. Santiago reprueba a «los que blasfeman el hermoso Nombre (de Jesús) que ha sido invocado sobre ellos» (St 2, 7). La prohibición de la blasfemia se extiende a las palabras contra la Iglesia de Cristo, los santos y las cosas sagradas. Es también blasfemo recurrir al nombre de Dios para justificar prácticas criminales, reducir pueblos a servidumbre, torturar o dar muerte. El abuso del nombre de Dios para cometer un crimen provoca el rechazo de la religión.
La blasfemia es contraria al respeto debido a Dios y a su santo nombre. Es de suyo un pecado grave (cf CIC can. 1396).
De la Iglesia Católica
Las palabras mal sonantes que emplean el nombre de Dios sin intención de blasfemar son una falta de respeto hacia el Señor. El segundo mandamiento prohíbe también el uso mágico del Nombre divino.
«El Nombre de Dios es grande allí donde se pronuncia con el respeto debido a su grandeza y a su Majestad. El nombre de Dios es santo allí donde se le nombra con veneración y temor de ofenderle» (San Agustín, De sermone Domini in monte, 2, 5, 19).
De la Iglesia Católica
II. Tomar el Nombre del Señor en vano
El segundo mandamiento prohíbe el juramento en falso. Hacer juramento o jurar es tomar a Dios por testigo de lo que se afirma. Es invocar la veracidad divina como garantía de la propia veracidad. El juramento compromete el nombre del Señor. «Al Señor tu Dios temerás, a él le servirás, por su nombre jurarás» (Dt 6, 13).
De la Iglesia Católica
La reprobación del juramento en falso es un deber para con Dios. Como Creador y Señor, Dios es la norma de toda verdad. La palabra humana está de acuerdo o en oposición con Dios que es la Verdad misma. El juramento, cuando es veraz y legítimo, pone de relieve la relación de la palabra humana con la verdad de Dios. El falso juramento invoca a Dios como testigo de una mentira.
De la Iglesia Católica
Es perjuro quien, bajo juramento, hace una promesa que no tiene intención de cumplir, o que, después de haber prometido bajo juramento, no mantiene. El perjurio constituye una grave falta de respeto hacia el Señor que es dueño de toda palabra. Comprometerse mediante juramento a hacer una obra mala es contrario a la santidad del Nombre divino.
De la Iglesia Católica
Jesús expuso el segundo mandamiento en el Sermón de la Montaña: «Habéis oído que se dijo a los antepasados: «no perjurarás, sino que cumplirás al Señor tus juramentos». Pues yo os digo que no juréis en modo alguno... sea vuestro lenguaje: «sí, sí»; «no, no»: que lo que pasa de aquí viene del Maligno» (Mt 5, 33-34.37; cf St 5, 12). Jesús enseña que todo juramento implica una referencia a Dios y que la presencia de Dios y de su verdad debe ser honrada en toda palabra. La discreción del recurso a Dios al hablar va unida a la atención respetuosa a su presencia, reconocida o menospreciada en cada una de nuestras afirmaciones.
De la Iglesia Católica
Siguiendo a san Pablo (cf 2 Co 1, 23; Ga 1, 20), la Tradición de la Iglesia ha comprendido las palabras de Jesús en el sentido de que no se oponen al juramento cuando éste se hace por una causa grave y justa (por ejemplo, ante el tribunal). «El juramento, es decir, la invocación del Nombre de Dios como testigo de la verdad, sólo puede prestarse con verdad, con sensatez y con justicia» (CIC can. 1199, §1).
De la Iglesia Católica
La santidad del nombre divino exige no recurrir a él por motivos fútiles, y no prestar juramento en circunstancias que pudieran hacerlo interpretar como una aprobación de una autoridad que lo exigiese injustamente. Cuando el juramento es exigido por autoridades civiles ilegítimas, puede ser rehusado. Debe serlo, cuando es impuesto con fines contrarios a la dignidad de las personas o a la comunión de la Iglesia.